Se la conoce como “Ley Beckham” porque el futbolista fue de los primeros en acogerse a ella, pero su nombre técnico es régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español. En la práctica, permite a quien se muda a España tributar de una forma mucho más ventajosa durante sus primeros años aquí.

En qué consiste

Quien se acoge a este régimen tributa como no residente aunque viva en España: paga un tipo fijo del 24 % sobre los rendimientos del trabajo hasta 600.000 € anuales (y un 47 % a partir de esa cifra), en lugar de la escala progresiva del IRPF, que puede superar el 45 % mucho antes.

El beneficio se aplica el año de llegada y los cinco siguientes: seis ejercicios en total.

¿Quién puede acogerse?

A grandes rasgos, se exige:

Las reformas recientes han ampliado el régimen a nómadas digitales, administradores y a algunos familiares que se trasladan contigo.

El detalle importa

Los requisitos y los plazos son estrictos, y un error al calcular la residencia previa o al presentar la solicitud puede dejarte fuera para siempre. Por eso conviene revisar tu caso antes de mudarte, no después.

¿Te trasladas a España o tienes empleados que lo harán? Cuéntanos tu situación y estudiamos si el régimen te encaja.